El directorio de la Liga Departamental de Futbol de Ayacucho (LDFA), mediante la Resolución Nº 015-2011-LDFA; ha decidido dejar sin efecto la Resolución de Reconocimiento de la Junta Directiva de la Liga Distrital de Futbol de Carmen Alto encabezada por su Presidente el señor Zósimo Mendoza Fernández, todo ello en vista en el cual el señor Mendoza hace ver su desconocimiento en el Balance Económico 2010 que presenta a la (LDFA) sobre el reconocimiento a sus Junta Directiva, argumentado lo siguiente: “que en la Liga Distrital de Futbol de Carmen Alto nunca se llevaron unas elecciones democráticas, y que tan solo se tuvo la ratificación del cargo, estando disconforme de esta modalidad” , por ello el Directorio de la LDFA decidió en vista de aquel documento dejar sin efecto la Resolución de Reconocimiento de la Junta Directiva completa de dicha Liga Distrital, que comprendía el periodo 2011 -2014; agregándole a ello y conste en el documento en mención, que el señor Zósimo Mendoza Fernández hizo declaraciones agraviantes y difamatorias en el Programa “Pitazo Deportivo” de Radio Estación Wari y Diario Regional La Calle en contra del Presidente de la Federación Peruana de Futbol (FPF), y el Presidente de la Liga Departamental de Futbol de Ayacucho (LDFA), siendo estos actos sancionados de acuerdo al Artículo 96 y 97 del RNAJD (Reglamento Nacional de Administración de Justicia Deportiva). Con ello en la parte Resolutiva se dispone que el directorio de la Liga Provincial de Futbol de Huamanga intervenga a la Liga Distrital de Futbol de Carmen Alto y se dispongan en el más breve tiempo posible convocar a Elecciones para una Junta Directiva Transitoria (Siendo está convocada para el sábado 29 de enero); con ello la Junta Directiva encabezada por el Señor Zósimo Mendoza queda a partir de la fecha (lunes 24 de enero) de recibir la Resolución Nº 015-2011-LDFA al margen de suscribir cualquier documento legal. Resolución Polémica en todo el sentido; más aun teniendo en cuenta que el dirigente sancionado - juntamente con su “directorio” - hizo declaraciones en contra de la FPF y la LDFA y que por alguna razón el documento se podría tomar con una acto de “represalia”, y concordando los artículos 96 y 97 del RNAJD, la Resolución Nº 015-2011-LDFA tendría que haber pasado a las manos de la Comisión de Justicia (CJ) para su ratificación y para que el sancionado haga los descargos correspondientes, como un principio establecido, pero a la fecha y habiendo pasado 7 días, dicho documento no es elevado a la CJ para su conocimiento y fines correspondientes. Como lo dijéramos en el Programa “Pitazo Deportivo”: “Legalmente la sanción es la correcta, pero hay que tener en cuenta que el RNAJD vive de espaldas al marco Legal Nacional y las injusticias por allí de alguna manera podrían estar presentes, agregándo a ello esta pregunta ¿Es posible destituir a alguien por el hecho de desconocer un documento de reconocimiento?, sumando a ello que según la Resolución Nº015-2011-LDFA, se deja sin efecto la Resolución de Reconocimiento de la Junta Directiva de la Liga Distrital de Carmen Alto, siendo que todos los miembros (Vicepresidente, Secretario, Tesorero, Vocal Técnico Deportivo) han sido dejados de lados, siendo absurdo entonces que uno de los integrantes de la Junta defenestrada sea reelegido nuevamente como ha ocurrido ”.
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Redacción: Futbol desde Ayacucho.
Fuente: LDFA
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